martes, 3 de diciembre de 2013

FW:


El Comité Federal del PSOE que pondrá fecha a las primarias, el 18 de enero

Foto: EUROPA PRESS

   MADRID, 2 Dic. (EUROPA PRESS) -

   El Comité Federal del PSOE que pondrá fecha a las primarias abiertas para elegir a su candidato a la Presidencia del Gobierno será el próximo 18 de enero, según ha anunciado este lunes la vicesecretaria general del partido, Elena Valenciano, en una rueda de prensa en Ferraz tras la reunión de la Ejecutiva, que ha presidido el secretario general, Alfredo Pérez Rubalcaba.

   Según ha explicado Valenciano, hasta que llegue ese "comité de arranque" de 2014, la dirección federal hablará "con todos" y el 18 de enero presentará "una propuesta" para "todo el calendario de elecciones primarias", que incluirá a las nacionales y también a las autonómicas.

   La 'número dos' del partido ha explicado que finalmente el Comité Federal no será en diciembre, como se barajó en un momento y como se llegó a trasladar a las federaciones territoriales antes de la Conferencia Política, debido a las fiestas de este mes. "Hay una cosa que se llama la Navidad, que cae como una losa sobre los calendarios de todo el mundo", ha apuntado Valenciano, que ha explicado que tampoco será en las primeras semanas de enero porque son "las colas" de estas fiestas.

   Finalmente, el Comité Federal será el sábado 18 de enero y de él saldrá la fecha de las primarias, aunque Valenciano no ha aclarado este lunes si entonces se fijará una fecha concreta o se establecerá el periodo en que deba tener lugar.

    Una vez que parece descartada la opción de celebrar las primarias nacionales antes de las europeas -una petición que se rechazó en la Conferencia Política, cuando se tumbaron las enmiendas que pedían ese calendario--, el consenso podría estar en otoño del próximo año. Su convocatoria debería hacerse con al menos tres meses, para dar tiempo a la recogida de avales y la inscripción de los ciudadanos que quieran participar en ellas.

   LAS PRIMERAS, EN VALENCIA

   Además, ese Comité Federal aprobará el reglamento que regule las primarias y también podría decidir que las primeras en celebrarse tengan lugar en la Comunidad Valenciana, tal y como ha solicitado el secretario general de esta federación, Ximo Puig, que ha pedido al Gobierno de Alberto Fabra un adelanto electoral para hacer coincidir los comicios con las elecciones europeas de mayo.

   Valenciano ha explicado que la decisión final la tendrá el Comité Federal, pero ya ha adelantado que "cuenta con toda la simpatía de la dirección", que considera que lo que ocurre en la Comunidad Valenciana es "gravísimo" y está ya "en un punto de no retorno" hasta convertirse "casi en una comunidad autónoma fallida".

   Por eso, el PSOE coincide con los socialistas valencianos en que es "muy importante" que se convoquen elecciones anticipadas y acoge "favorablemente" la petición de Puig de convocar las primarias a principios del próximo año.


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domingo, 1 de diciembre de 2013

FW:

HABRA A LA ESPAÑOLA MINIJOBS Y MAS RECORTES LABORALES



JORNADAS EMPRESARIALES

Guindos defiende la nueva reforma laboral para "perfeccionar" la anterior

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   El ministro de Economía y Competitividad, Luis de Guindos, ha defendido la nueva reforma laboral que prevé su Gobierno en su plan económico para "perfeccionar" la reforma anterior, que a su parecer ha sido satisfactoria y está en la base de la recuperación económica, junto a la lucha contra el déficit.

   En la segunda jornada del XVIII Encuentro de Economía en S'Agaró, ha explicado que el Gobierno central prevé recibir en los próximos días el informe de la OCDE sobre la reforma laboral aplicada hasta ahora, y el Ejecutivo ya prepara nuevos cambios para reducir contratos y flexibilizar el contrato a tiempo parcial.

   Ha apuntado también a la negociación colectiva, y, preguntado por la prensa, ha descartado que las modificaciones previstas incluyan los 'minijobs' del modelo laboral alemán.



Leer más:  Guindos defiende la nueva reforma laboral para "perfeccionar" la anterior  http://www.europapress.es/economia/noticia-guindos-defiende-nueva-reforma-laboral-perfeccionar-anterior-20131130122037.html#AqZ1BKIgBA1NpsVy
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LA PROPOGANDA Y LAS MENTIRAS MONACALES





Date: Sat, 30 Nov 2013 13:33:29 +0100

Dice que se trata de un "incumplimiento" presupuestario

EXTREMADURA.-El PSOE asegura que el Gobierno extremeño solo ha invertido 12.000 euros de los 10 millones presupuestados para turismo

MÉRIDA, 30 Nov. (EUROPA PRESS) -

   El PSOE ha tachado de "escandaloso" para el turismo de Extremadura que el Ejecutivo regional, según ha afirmado, "sólo haya invertido 12.000 euros de los 10 millones que presupuestó para este año".

   En una nota de prensa, los socialistas han señalado que la directora general de Turismo, en su comparecencia en la Comisión de Fomento, Comercio y Turismo del Parlamento, "ha eludido dar explicaciones sobre la ridícula ejecución de 10 millones de euros presupuestados para 2013 en promoción turística de Extremadura, es decir, el 0,12%".

   "Mintieron, porque ustedes tienen un Presupuesto A, con el que hacen propaganda, y un Presupuesto B que ocultan al Parlamento y a los ciudadanos, y en el que se da una bajísima ejecución", ha señalado en el comunicado el portavoz de Turismo del Grupo Parlamentario Socialista, Francisco Martín Simón. A su juicio, se trata de un "incumplimiento" presupuestario que "perjudica y arruina aún más al sector turístico".

   Martín Simón ha señalado también que la directora general "no ha dado ninguna explicación, ni aclaración, amparándose en la propaganda y en el menosprecio a la labor de la oposición", ante lo que acusa al Ejecutivo del PP de "tomar el pelo a los empresarios del turismo".

   Para Martín Simón, José Antonio Monago "ningunea al Parlamento", recordando que la creación del Consorcio de Promoción Turística, participado por la Junta, diputaciones, Fempex, Redex, y los empresarios del sector "ha sido incumplida por el gobierno y lleva más de un año de retraso". "A esta crítica del portavoz socialista, la directora general ha anunciado que no se va a crear", concluye.

 


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INCONSTITUCIONAL LA LEY ANTIDESAHUCIOS PP

La reforma de la ejecución hipotecaria, inconstitucional

Un juzgado de Avilés entiende que la reforma vulnera derechos fundamentales, como el de la igualdad ante la ley y el derecho a una tutela judicial efectiva

Los efectos inmediatos derivados de esta cuestión de inconstitucionalidad consisten en la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria hasta que el Tribunal Constitucional emita una sentencia.

El 14 de mayo del presente año, el BOE publicaba la denominada Ley 1/2013 de medidas para reforzar la protección a los deudores hipotecarios, reestructuración de deuda y alquiler social, un texto de urgencia que el Gobierno sacaba presionado por la alarmante realidad de los desahucios en España, por la sentencia del TJUE, que consideraba abusivas habituales cláusulas de los contratos hipotecarios, y tras rechazar, mediante su radical transformación, la ILP propuesta por la Plataforma de Afectados por la Hipoteca (PAH).

No vamos a entrar en profundidad en el contenido de esta nueva ley para demostrar que, en ningún caso, pretende "reforzar la protección a los deudores hipotecarios", como reza su nombre. Pero sí que vamos a entrar en un apartado fundamental de la norma, que reforma el  artículo 695 de la Ley de Enjuiciamiento Civil (LEC), relativo a las causas y al procedimiento por el que una persona puede oponerse a la ejecución hipotecaria de su vivienda. En la nueva redacción que se le da al citado artículo, se incluyen (a la fuerza) como causa de oposición las cláusulas abusivas identificadas por el Tribunal de Justicia de la Unión Europea, que han servido a muchos afectados, desde la sentencia, para suspender su inminente desahucio.

Pero esta reforma escondía una trampa tras la presunta protección a los deudores hipotecarios. En el capítulo III, artículo 7, punto 14, existe un apartado (número 4) que establece que "contra el auto que ordene el sobreseimiento de la ejecución o la inaplicación de una cláusula abusiva podrá interponerse recurso de apelación. Fuera de estos casos, los autos que decidan la oposición a que se refiere este artículo no serán susceptibles de recurso alguno y sus efectos se circunscribirán exclusivamente al proceso de ejecución en que se dicten".

Esto, traducido a un lenguaje más simple, significa que, en un hipotético caso en el que un banco intente ejecutar una vivienda y su propietario alegue alguna causa legal para oponerse, si el juez estima la oposición y detiene la ejecución, el banco tiene derecho a apelar esa resolución en una segunda instancia. Por otra parte, si el juez da la razón al banco y desestima la oposición, la persona ejecutada no tiene ese derecho a un posterior recurso. Por una misma causa o cuestión, la ley le concede un recurso al banco, pero al ejecutado hipotecado, por la misma cuestión, insistimos, no.

Esta nueva redacción del artículo 695 altera considerablemente su contenido, ya que antes no había posibilidad de recurso para ninguna de las dos partes. Sin duda, el hecho de que las cláusulas abusivas permitieran ahora la interposición de muy justas oposiciones (por imposición del TJUE, no por voluntad del Gobierno) ha motivado a los redactores de la Ley 1/2013 a favorecer o compensar a la parte ejecutante, entidades de crédito, con la posibilidad de recurrir los fallos en su contra. De nuevo el Gobierno legislando en favor de los bancos.

Aunque este pequeño pero importante detalle ha pasado prácticamente inadvertido, el Juzgado de 1ª Instancia e Instrucción Nº 7 de Avilés acaba de elevar una cuestión de inconstitucionalidad al Tribunal Constitucional alegando que esa reforma, que permite recurrir a una de las partes una sentencia en su contra pero no la misma sentencia cuando se le da también en su contra a la otra, vulnera los derechos fundamentales recogidos en los artículos 14 y 24 de la CE, a saber, el de igualdad ante la ley y el derecho a una tutela judicial efectiva. Es tan elemental la desigualdad introducida por el Gobierno que no hay precedentes en materia civil de algo así.

Efectos de la inconstitucionalidad

Los efectos inmediatos derivados de esta cuestión de inconstitucionalidad consisten en la suspensión del procedimiento de ejecución hipotecaria hasta que el Tribunal Constitucional emita una sentencia sobre la constitucionalidad o no de ese apartado de la norma. Conociendo los plazos de este tribunal, podemos hablar de varios años con el procedimiento de ejecución suspendido, sin que el banco pueda desahuciar a las personas que habitan el inmueble. A menos que el Gobierno rectifique rápidamente y, de paso, nos dé una explicación de por qué, en caso de rectificar, se ha vuelto a equivocar a favor de los de siempre.

Probablemente sin quererlo, el Gobierno acaba de posibilitar con este ¿error? garrafal en la redacción de la nueva ley la interposición de miles de oposiciones en las que, bien de oficio o bien a instancia de parte, los jueces deban suspender la ejecución elevando la misma cuestión de inconstitucionalidad, hasta que el TC la resuelva. Una muestra más de que, cuando se hacen las leyes aprisa y corriendo, pensando en satisfacer al poder financiero, al final se termina quedando en evidencia, demostrándose realmente para quiénes gobiernan.

En realidad, probablemente no se trate de un error, sino de una forma injusta hasta el extremo de evitar que los tribunales decidan sin recurso sobre millones de cláusulas abusivas impuestas en millones de contratos a los consumidores. La opción de permitir los recursos era correcta, pero permitirlo sólo a los bancos y no a los hipotecados supera todos los límites de una política que ya no parece dirigida a beneficiar a los bancos sino que, pocas dudas caben ya, está hecha por los propios bancos.


Leer más:  La reforma de la ejecución hipotecaria, inconstitucional  http://www.eldiario.es/zonacritica/reforma-Ejecucion-Hipotecaria-inconstitucional_6_201639841.html#BGW80ayViGIjQci1

NUEVA LEY DE VAGOS Y MALEANTES DEL PP

Guía práctica para manifestantes bajo la nueva Ley de Seguridad Ciudadana

Quince preguntas y respuestas sobre las infracciones recogidas en el anteproyecto aprobado por el Gobierno
El texto incluye multas de 100 a 600.000 euros por conductas frecuentes en las nuevas formas de protesta.


El anteproyecto de reforma de la Ley de Seguridad Ciudadana aprobado este viernes por el Consejo de Ministros recoge un buen número de infracciones susceptibles de ser cometidas durante las formas de protesta que han inundado las calles durante la presente legislatura.

Este cuestionario pretende ser una guía práctica acerca de las multas contenidas en el anteproyecto, al que aún resta por incorporar nuevos informes de los ministerios de Justicia y Hacienda, recomendaciones del Consejo de Estado y la Agencia de Protección de Datos y las modificaciones que introduzca el trámite parlamentario.

¿Se podrá gritar ante el Congreso "no nos representan"?

Si lo hace participando en una protesta previamente comunicada a la Delegación del Gobierno, no podrá ser sancionado. En caso contrario, incurrirá en una infracción leve, castigada con multas de entre 100 y 1.000 euros.

Lo mismo ocurrirá si la manifestación es en cualquier otro lugar. Si es usted el convocante, por Twitter o cualquier otro medio, también podrá ser multado con esas cantidades, aunque no aparezca por allí.

Puede que durante la protesta, alguien protagonice disturbios. Entonces, el convocante podrá ser multado con un máximo de 30.000 euros –falta grave– e Interior valora que sólo se salve del castigo si condena y muestra su rechazo público a esos disturbios.

¿Y si participa en altercados?

El Código Penal ya recoge los delitos de daños y desórdenes públicos, así como el de resistencia o atentado a la autoridad. Pero si su actitud no reviste la gravedad que exige el delito, Interior le puede castigar con una falta grave (1.000-30.000 euros) si causa "desórdenes graves o incendios", tanto en la calle como en establecimientos, y sólo si su conducta representa "un peligro para las personas o bienes u ocasiona alteración de la seguridad ciudadana".

¿Puedo acudir a una manifestación con capucha, casco o un gorro que me cubra la cara?

Si la policía considera que su conducta es pacífica, no incurrirá en infracción alguna y ni tan siquiera podrán obligarle a que descubra su rostro. Pero si participa en altercados de esa guisa, a una infracción grave se puede sumar otra de entre 1.001 y 30.000 euros por ir embozado.

"¡Cortamos la Gran Vía, y todos a Sol!"

Puede haber participado pacíficamente en una manifestación comunicada a la Delegación del Gobierno, pero si durante ella o a su término se sale del recorrido autorizado, cometerá una infracción leve, castigada con hasta 1.000 euros de multa.

¿Y si no obedezco las órdenes de los antidisturbios?

Estará cometiendo una infracción grave (1.000-30.000 euros), siempre que el policía considere que el desacato no tiene la entidad como para denunciarle por un delito de resistencia a la autoridad. Aquí se incluye la negativa a identificarse.

¿Puedo mostrarle mi DNI sin entregárselo?

A partir de que entre en vigor la reforma, no. La laguna en este aspecto se ha solucionado castigando con falta leve (hasta 1.000 euros) el negarse a entregar la documentación a los agentes. Estos se quejaban de que, si el requerido sólo se lo mostraba, no podían comprobar si se trataba de una falsificación.

¿Qué ocurre si insulto a un policía?

Lo mismo que si él considera que lo ha amenazado, coaccionado, injuriado o vejado. Podrá ser sancionado con una multa por infracción leve, de entre 100 y 1.000 euros. Como con el resto de las multas por infracción, podrá recurrir por la vía de lo contencioso-administrativo, cargada con las tasas judiciales por la reciente reforma del Gobierno.

¿Puedo colgar en Internet una carga policial?

Sí, siempre que el Ministerio del Interior no considere que atenta contra el derecho al honor del policía, a su intimidad o a la propia imagen, o que pueda poner en peligro una operación o la seguridad del agente o la de su familia. Si así ocurriera, hay prevista una multa por infracción leve (100-1.000 euros).

¿Puedo participar en una protesta ante la sede de un partido convocada en Twitter?

Será una infracción leve si no ha sido comunicada. En el caso de que la protesta tenga lugar durante la jornada de reflexión o votación y además se desarrolle con "una finalidad coactiva", el castigo se endurece sensiblemente. Participar en ella puede costar entre 30.000 y 600.000 euros de multa, ya sea a las puertas de la sede de una formación política o en cualquier otro lugar.

Fuentes autorizadas de Interior consideran que las manifestaciones del 15M de 2011 en la Puerta del Sol no tenían intención "coactiva", pero sí las que se produjeron el 13 de marzo de 2004 ante la sede nacional del PP para exigir la verdad sobre los atentados del 11M. Los convocantes tienen en estos supuestos los mismos castigos que los asistentes.

¿A cuánto sale parar un desahucio?

Como el resto de infracciones de la Ley de Seguridad, quedará a criterio de la policía. A partir de ahora, las Fuerzas de Seguridad estarán facultadas para imponer multas de entre 1.000 y 30.000 euros a aquellos que se propongan evitar el desahucio de las personas que habitan un inmueble.

Una de las infracciones graves del nuevo texto está destinada a los que protagonicen "actos de obstrucción" a la ejecución de una decisión judicial o administrativa a cargo de una autoridad o cargo público.

¿Puedo interrumpir el mitin de un partido al grito de "sí se puede"?

Puede, pero además de arriesgarse a la reacción de los militantes, las Fuerzas de Seguridad podrán sancionarle por "perturbación del orden en un acto de campaña electoral". Resultado: entre 1.000 y 30.000 euros de multa.

Cabe destacar que revestirá la misma gravedad interrumpir un mitin que la votación, el escrutinio o el recuento de votos. Recuerde que también puede incurrir en un delito si sus actos encajan en los descritos en la Ley Electoral.

¿Saldrá gratis gritar contra España o la policía o escribirlo en Twitter?

Estarán castigadas con multas de entre 1.000 y 30.000 euros las "ofensas o ultrajes" a España, las comunidades autónomas, entidades locales y sus instituciones, símbolos o himnos.

Los periodistas se han esforzado en que el ministro del Interior detalle qué conductas concretas harían incurrir en esta falta grave, pero él se ha escudado en que eso lo determinará la "casuística".

Por el redactado del anteproyecto, todo indica que sea cual sea la manifestación, este tipo de gritos será sancionado con multas graves. Y atención a escribirlas en redes sociales: el articulado penaliza su difusión "por cualquier medio". Si se producen dentro de los estadios, ya hay multas recogidas en la Ley del Deporte.

¿Puedo protestar ante una central nuclear contra ese tipo de energía?

Si la protesta ha sido comunicada a la Delegación del Gobierno y no ha sido prohibida, no podrá ser sancionado. De lo contrario, tan solo con participar, puede llevarse a casa una sanción de entre 1.000 y 30.000 euros por infracción grave.

Si además las Fuerzas de Seguridad consideran que su actuación ha provocado "riesgo para las personas o un perjuicio" en el funcionamiento de la central nuclear o cualquiera de las otras infraestructuras que la Ley 8/2011 considera "críticas", habrá incurrido en una falta muy grave, castigada con multas de entre 30.000 y 600.000 euros.

Tan solo sobrevolar con una avioneta esa central u otra infraestructura crítica le puede costar a una organización ecologista hasta 30.000 euros.

¿Y si mi protesta consiste en descolgar un cartel del frontispicio del Congreso?

Pues entre 1.000 y 30.000 euros. Ya haya escalado el Congreso de los Diputados, el Museo del Prado o cualquier otra institución o edificio considerado de interés "histórico-artístico".

¿Qué otras formas hay de cometer estas infracciones?

Si comete tres leves en un plazo de dos años, será castigado además como si hubiera incurrido en una grave. Y si incurre en tres graves en el mismo periodo, como si su infracción hubiera sido muy grave.

Este es el principal argumento del Ministerio del Interior para poner en marcha un registro de infracciones, una suerte de fichero policial de infractores, incluidos los desobedientes.